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Pliego de cargos contra exgobernador del Meta Alan Jara por el PAE.

 

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al exgobernador de Meta, Alan Jesús Edmundo Jara Urzola, y a la exsecretaria de Educación del departamento, Ligia del Carmen Saldaña Plazas, por presuntas irregularidades en la celebración de un contrato de suministro para implementar el Programa de Alimentación Escolar por $13.123 millones.

El órgano de control cuestionó la suscripción del convenio No. 1101 del 8 de julio de 2015, cuyo objeto era el “suministro de complemento alimentario modalidad ración industrializada, dentro de la implementación del Programa de Alimentación Escolar para 66.008 niños, niñas y adolescentes escolarizados del departamento del Meta”.

Según la Procuraduría, los exfuncionarios al parecer desconocieron el principio de responsabilidad “al contratar con un costo unitario por ración industrializada de $2.071, no obstante, que en la misma vigencia el Ministerio de Educación Nacional, en la ejecución del contrato de aporte No. 411 de 2015, pagó a $971 la ración industrializada complementaria que se entregó en los mismos municipios”.

Sobre el exgobernador, la Procuraduría observó que al parecer omitió sus deberes de vigilancia y control de las actividades delegadas a la secretaria de Educación, y por tanto, advirtió que como máxima autoridad de Meta estaba llamado a velar por los intereses de la entidad que dirigía y tenía la obligación de realizar seguimiento a la actividad contractual.

En el caso de la exsecretaria de Educación, el Ministerio Público encontró que además de celebrar el contrato de suministro, fue la persona que suscribió los estudios previos en los cuales se presupuestó un costo unitario por ración industrializada “muy superior al previsto” por la cartera de Educación, lo que habría generado un mayor gasto para el departamento.

Para la Procuraduría los disciplinados tenían el deber de proteger los derechos del departamento. Como administradores de recursos del erario público se encontraban regidos por las reglas sobre administración de bienes ajenos y por los mandatos y postulados que gobiernan una conducta ajustada a la ética y a la justicia.

La Procuraduría calificó provisionalmente la presunta falta de los disciplinados como gravísima a título de culpa gravísima.

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